El lunes 29 de mayo, el Rector de la UCA (Universidad Centro Americana) y el Director del Idhuca (Instituto de Derechos Humanos de la UCA) se presentaron a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de el Salvador a solicitar la conmutación de la pena del coronel Guillermo Benavides, quien siendo director de la Escuela Militar ordenó la masacre en la UCA sin dejar testigos. Benavides fue condenado en enero de 1992 a 30 años de cárcel por su responsabilidad en el horrendo crimen de lesa humanidad; un año después, fue liberado al aplicársele la ley de amnistía aprobada por la Asamblea Legislativa en marzo de 1993. En 2016, Benavides fue nuevamente privado de libertad a raíz de la orden de difusión roja de Interpol, para que la Corte Suprema de Justicia conociera sobre la solicitud de extradición de la Audiencia Nacional de España. Desde entonces, permanece preso, con lo que en total suma casi cuatro años de reclusión, ya que la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador revisó, a petición de los representantes legales del coronel, la sentencia de hace 25 años. La Cámara confirmó el veredicto y su fallo pasó a ser inapelable. Una vez esto ocurrió, el 6 de abril de este año, se abrió la posibilidad de solicitar medidas de gracia para el encausado.
Muchos se preguntarán por qué se solicitó la conmutación de la pena de Benavides. En primer lugar, es necesario aclarar que esta solicitud la hacen las víctimas, es decir, los familiares, la comunidad jesuita y la comunidad universitaria de la UCA. Esto le da valor y fuerza moral a la petición, pues nace de los principales afectados por el crimen, los que perdieron a sus familiares, a los miembros de su congregación y a sus autoridades y profesores. Los que solicitan la conmutación de la pena no son personas ajenas al crimen ni representan los intereses de los que lo perpetraron, sino sus víctimas. Y como tales están ejerciendo un derecho que les corresponde más que a nadie.
En segundo lugar, la solicitud de conmutación de pena debe interpretarse como un acto público de perdón; perdón que se da voluntariamente y porque se han cumplido todos los pasos requeridos para cerrar el círculo de un largo y penoso proceso. A la vez, es una muestra de cómo deben abordarse los crímenes de lesa humanidad desde la justicia transicional y restaurativa: verdad, justicia, reparación y perdón. A ello se suman razones exclusivamente humanitarias: Benavides tiene 74 años, su salud es precaria y ponerlo en libertad no entraña ningún peligro para la sociedad. Además, hay constancia de su arrepentimiento por el crimen y no deja de ser injusto que él sea el único condenado por un hecho atroz organizado por un grupo de militares de alto rango, todos en libertad y prófugos de la ley.
En tercer lugar, una cosa es solicitar conmutación de pena y otra muy diferente pedir indulto, tal como hicieron los familiares de Benavides y algunos ex-militares recientemente. Por un lado, según nuestro ordenamiento jurídico, el indulto no puede aplicarse a un crimen de lesa humanidad; por otro, el indulto extingue la responsabilidad penal del procesado. La conmutación de la pena, en cambio, no niega en ningún momento la existencia del crimen ni la responsabilidad que sobre el mismo tuvo la persona juzgada; solamente supone un cambio en la pena impuesta. En este caso, lo que se solicita es una sustantiva reducción de la sentencia, pasando de los 30 años originales a los casi cuatro que ha permanecido recluido en total.
Es fundamental aclarar que con esta solicitud de gracia para Guillermo Benavides no se renuncia a ningún derecho propio de las víctimas, ni tampoco al de seguir adelante con un proceso que lleve a esclarecer quiénes fueron los autores intelectuales de la masacre en la UCA, a fin de que estos sean llevados ante la justicia para que se conozca la verdad sobre su participación y, en caso de ser declarados culpables, se les asignen las penas correspondientes. Ello con total independencia de la posibilidad de que luego de todo el proceso se les otorgue perdón público.
Solicitar conmutación de pena para Benavides es posible y correcto en este momento porque se conoce la verdad, se sabe cuál fue su participación en el crimen, a quién dio órdenes para ello y qué instrucciones impartió. Se ha hecho justicia porque el militar fue llevado a un tribunal. Y aunque el juicio fue celebrado con graves irregularidades, se le impuso la pena máxima que las leyes establecían en aquel momento. Además, al expulsarse del ordenamiento jurídico salvadoreño la ley de amnistía, se extinguió la impunidad que pesaba sobre el crimen.
Adicionalmente, a lo largo de estos años, se han realizado actos de reparación por la masacre, en la medida que un crimen de esta naturaleza puede ser subsanado. Se indemnizó al hijo de Julia Elba (la empleada doméstica que trabajaba con los jesuitas asesinados); se repararon las instalaciones del lugar donde se cometieron los asesinatos, que resultó severamente dañado por la Fuerza Armada para encubrir el asesinato; y por último, el Estado, a través del entonces presidente Mauricio Funes, otorgó a los jesuitas asesinados un reconocimiento póstumo, la Orden José Matías Delgado en grado Gran Cruz de Oro.
La Compañía de Jesús y la UCA confían en que su solicitud de gracia para Guillermo Benavides contribuya a una verdadera reconciliación y abra un camino para que se den procesos parecidos que permitan, por fin, el cierre de las heridas de la guerra civil en El Salvador.